El agravamiento de la crisis financiera internacional desde el último trimestre de 2008 ha dado lugar a una restricción generalizada del crédito, que está afectando negativamente a la economía real y en consecuencia, a la situación del mercado laboral. Ante esta situación se ha ofrecido una respuesta coordinada con la Unión Europea y otros países de la OCDE destinada a facilitar la liquidez y superar el estrangulamiento del crédito.
En este escenario, la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2009, planteó la movilización de recursos públicos para aportar liquidez a los sectores productivos más vulnerables y, en particular, a las pequeñas y medianas empresas, mediante diferentes instrumentos presupuestarios y financieros.
En particular, la Ley 3/2008, de 23 de diciembre, con el fin de promover la inversión productiva, dispone la creación de cuatro fondos destinados a favorecer la financiación de las inversiones de las empresas de los sectores agroalimentario, turístico y comercial, de las industrias culturales, así como de actuaciones de internacionalización de la economía andaluza, mediante instrumentos financieros reembolsables.
Además una de las medidas que incorpora la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010, es la creación de nuevos Fondos como instrumentos de apoyo a la actividad productiva de determinados sectores estratégicos de la economía andaluza.
La Junta de Andalucía, a través de la Agencia IDEA, ha lanzado distintos programas de apoyo a las empresas enmarcados en el concepto "Fondos Reembolsables". Destacando:
(i) La iniciativa JEREMIE "Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises", ha sido desarrollada conjuntamente por la Comisión Europea y el FEI, con el propósito de financiar las operaciones que contribuyan a facilitar la creación de instrumentos de ingeniería financiera para empresas, como fondos de capital riesgo, de garantía o de crédito, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento del Consejo (CE) Nº 1083/2006 y el Reglamento de la Comisión (CE) Nº 1828/2006.
(ii) Fondos Reembolsables. Medida incorporada en la Ley 5/2009, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2010, consistente en la creación de nuevos Fondos como instrumentos de apoyo a la actividad productiva de determinados sectores estratégicos de la economía andaluza.
Estos Fondos Reembolsables han sido instrumentados a través de Convenios entre la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y la Consejería de Hacienda y Administración Pública, para la regulación de la composición, organización y gestión de dichos Fondos, estableciendo a la Agencia IDEA como Entidad Gestora de los mismos.
Objetivos perseguidos
· Impulsar el desarrollo económico de la región, promoviendo la creación, incremento de la competitividad y globalización de las empresas andaluzas.
· Catalizar el cambio del modelo productivo en Andalucía hacia una economía sostenible.
Estrategia de inversión
· Fomentar la actividad económica y potenciar el crecimiento y la expansión de las empresas Andaluzas.
· Potenciar la productividad y competitividad frente a las necesidades de la globalización.
· Apoyo a la creación de nuevas empresas de Base Tecnológica e Innovadoras.
· Refuerzo de la estructura financiera de las empresas (Equity)
· Fomentar el uso de las energías renovables y la eficiencia energética
· Fomentar la generación de entornos tecnológicos competitivos en los espacios productivos existentes o en los nuevos ámbitos que sea preciso habilitar para ello.
Política de financiación
Reembolsables | Inversiones en proyectos viables que permitan su retorno en el menor plazo posible. |
Condiciones de Mercado: | Se aplicarán condiciones financieras de mercado. En diferenciales y rentabilidades. |
El interés será determinado en base al análisis de riesgo del solicitante, más el ajuste necesario como consecuencia de la evaluación de las garantías aportadas. | |
Garantías y Colateralidad: | En su caso, se solicitarán garantías para marcar su carácter reembolsable |
Las garantías que se soliciten para cubrir la operación podrán ser, Reales (hipotecarias, prenda, pignoración), Personales, Societarias y Corporativas y/o aportadas por Sociedades de Garantía Recíproca y Entidades Financieras, entre otras. | |
Subsidiariedad: | No se asumirán inversiones que puedan ser atendidas por entidades financieras |
Fondos Reembolsables
Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial | Fondo de Economía Sostenible | Fondo de emprendedores tecnológicos | Fondo de eficiencia energética y energías renovables | JEREMIE Multiinstrumento | JEREMIE Capital Riesgo | ||
Volumen | 254 millones EUR | 50 millones EUR | 20 millones EUR | 70 millones EUR | 185 millones EUR | 75 millones EUR* | |
Destinatarios (No crisis) | • Empresas en fase arranque / expansión. • Pyme/ no Pyme. | • Preferentemente microempresas. | • Nuevas empresas innovadoras y tecnológicas de elevado potencial. | Preferentemente PYMEs. | • Empresas en fase arranque y expansión. | • Empresas en fase arranque y expansión. | |
Forma jurídica | • Cualquiera, excepto CB y sociedades civiles y empresario individual. | • Cualquiera, excepto CB y sociedades civiles. | • Cualquiera | • Cualquiera | • Cualquiera | ||
Enfoque sectorial | No | No | Emprendedores tecnológicos | Limitado a eficiencia energética y energías | Excluido sector agroalimentario | Excluido sector agroalimentario | |
Importe por Operación | Mínimo | 200.000 EUR | 20.000 EUR | 150.000 EUR(i) / 300.000 EUR (ii) | 20.000 EUR | 200.000 EUR | 1 Millón EUR* |
Máximo | 10 Millones EUR | 200.000 EUR | 1 Millón EUR (i) / 1,5 Millones EUR (ii) | 2 Millones EUR | 10 Millones EUR | 3 Millones EUR* | |
% Máx. de financiación | 70% | 80% | 90%(i) / 30%(ii) | 70% | 70% | 70% | |
Instrumentos Financieros y Periodo máximo | • Préstamo Ordinario (10 años que pueden incluir hasta 2 de carencia del principal) • Préstamo Participativo (8) • Aval (10) • Capital (6-8) | • Préstamo Ordinario ( 7 años que pueden incluir hasta 2 de carencia del principal ) • Préstamo Participativo • Aval (7 años) | • Préstamo Participativo(i) • Capital(ii) | • Préstamo Ordinario • Préstamo Participativo • Aval (10 años) | • Préstamo Ordinario • Préstamo Participativo • Aval • Capital | • Capital • Préstamo Participativo |
Turismo y Comercio (120 Millones de euros) | Instrumento Financiero | Financiación | Exclusiones | Importe Máximo | Importe Mínimo | Plazos Amortización | Tipo de interés / Precio | Comisión estudio / apertura |
Préstamos a L/P | 100% | Reestructuración de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA o impuesto ligado a inversión. | Turismo: 2.100.000 € Comercio: 300.000 € | Turismo: 12.000 € Comercio: 6.000 € | 3 años (6 meses de carencia) 5 años (12 meses de carencia) 7 años (24 meses de carencia) Excepcionalmente hasta 10 años (36 meses de carencia) | Fijo o Variable | <100.000 € - 1,5% 100.001-300.000 € - 1,25% >300.001 € - 1,0% | |
Otorgamiento de garantías | 100% | Turismo: 2.100.000 € Comercio: 300.000 € | Turismo: 12.000 € Comercio: 6.000 € | Máximo, igual al plazo de la operación objeto de la garantía | Fijo o Variable | <100.000 € - 1,25% 100.001-300.000 € - 1,00% >300.001 € - 0,75% | ||
Préstamos participativos | Turismo: 2.100.000 € Comercio: 300.000 € | 300.000 € | 3 años, 5 años, 7 años, excepcionalmente hasta 10 años. | Parte fija + Parte variable (según resultados). | 2% | |||
Toma de participaciones | 500.000 € | Salida del capital en 5 o 6 años. |
Internacionalización (30 Millones de euros) | Instrumento Financiero | Financiación | Exclusiones | Importe Máximo | Importe Mínimo | Plazos Amortización | Tipo de interés / Precio | Comisión estudio / apertura |
Préstamos a L/P (Financiación de inversiones) España | 100% | Reestructuración de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA o impuesto ligado a inversión. | 500.000 € | 60.000 € | 3 años (6 meses de carencia) 5 años (12 meses de carencia) 7 años (24 meses de carencia) Excepcionalmente hasta 10 años (36 meses de carencia) | Fijo o Variable | 1% | |
Préstamos a L/P (Financiación de inversiones en activo circulante) Extranjero | 100% | Reestructuración de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA o impuesto ligado a inversión. | 500.000 € | 12.000 € | 3 años (6 meses de carencia) 5 años (12 meses de carencia) 7 años (24 meses de carencia) Excepcionalmente hasta 10 años (36 meses de carencia) | Fijo o Variable | Entre 12.000 y 60.000€ sin comisión. 1% para el resto. | |
Otorgamiento de garantías | 100% | 500.000 € | 12.000 € | Máximo, igual al plazo de la operación objeto de la garantía. Máximo 10 años. | Análisis de Riesgo de Crédito | 1% |
Cultura (30 Millones de euros) | Instrumento Financiero | Financiación | Exclusiones | Importe Máximo | Importe Mínimo | Plazos Amortización | Tipo de interés / Precio | Comisión estudio / apertura |
Prestamos a L/P Para inversiones | 100% | Reestructuración de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA o impuesto ligado a inversión. | 600.000 € Excepcionalmente 1.500.000 € | 6.000 € | 3 años (6 meses de carencia) 5 años (12 meses de carencia) 7 años (24 meses de carencia) | Euribor a 12 meses + margen (en función del análisis de riesgo y la evaluación de garantías) | 1% | |
Prestamos a L/P Para circulante | 100% | Reestructuración de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA o impuesto ligado a inversión. | 600.000 € Excepcionalmente 1.500.000 € | 6.000 € | Hasta 4 años (hasta 18 meses de carencia) | Euribor a 12 meses + margen (en función del análisis de riesgo y la evaluación de garantías) | 1% | |
Otorgamiento de Garantías | 100% | 600.000 € | 6.000 € | Análisis de Riesgo de crédito + ajuste en función de las garantías aportadas | ||||
Préstamos participativos | 600.000 € | 300.000 € | 3, 5 o 7 años (excepcionalmente a 12 años) | Un fijo (entre 0,5% y 1% anual) + variable (% sobre los resultados) | 2% | |||
Toma de participaciones | 1.500.000 € | 500.000 € | Pacto de salida |
Agroalimentario (120 M €) | Instrumento Financiero | Financiación | Exclusiones | Importe Máximo | Importe Mínimo | Plazos Amortización | Tipo de interés / Precio | Comisión estudio / apertura |
Préstamos a L/P Inversión | 75% | Reestructuración de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA o impuesto ligado a inversión. | 10.000.000 € | 50.000 € | 3, 5, 7, 10 ó12 años, con carencia de 6 meses a 3 años (dependiendo del proyecto) | Fijo o Variable | <100.000 € - 1,5% 100.001-300.000 € - 1,25% >300.001 € - 1,0% (Min. 100€) | |
Préstamos a L/P Circulante | 100% | Reestructuración de pasivo o refinanciaciones; circulante; IVA o impuesto ligado a inversión. | 10.000.000 € | 50.000 € | 3 años (6 meses de carencia) 5 años (12 meses de carencia) 7 años (24 meses de carencia) Excepcionalmente hasta 10 años (36 meses de carencia) | Fijo o Variable | <100.000 € - 1,25% 100.001-300.000 € - 1,00% >300.001 € - 0,75% (Min. 100€) | |
Otorgamiento de garantías | 80% | 5.000.000 € | 50.000 € | Máximo, igual al plazo de la operación objeto de la garantía | Análisis de Riesgo de Crédito | |||
Préstamos participativos | 10.000.000 € | 50.000 € | 3 años, 5 años, 7 años, excepcionalmente hasta 10 años. | Parte fija + Parte variable (según resultados). | ||||
Toma de participaciones | 3.600.000 € | 300.000 € | Salida del capital en 5 o 6 años. |
Datos de contacto | |||
Fondo | Entidad | Correo electrónico | Teléfono |
Economía Sostenible Desarrollo Empresarial Emprendedores Tecnológicos Jéremi capital riesgo Jéremi multiintrumento Espacios productivos Eficiencia energética y energías renovables. Internacionalización Cultura | Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía | jaen@agenciaidea.es | 953006100 |
Turismo y Comercio | Empresa Pública para la Gestión del Turismo y el Deporte de Andalucía | idelgado@andalucia.org | 955402434 |
Agroalimentario | Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía | arancha.rodriguez.temino@juntadeandalucia.es | 955921436 |
Industrias Culturales | Agencia Andaluza de Industrias Culturales | Daniel.vazquez.rios@juntadeandalucia.es | 955929190 |
1.- Fondo de Economía Sostenible
El Fondo de Economía Sostenible tiene como finalidad facilitar la financiación, preferentemente, a microempresas para iniciativas emprendedoras en aquellos proyectos que contribuyan de manera especial al logro de los objetivos de sostenibilidad social, económica o medioambiental y la creación o mantenimiento de empleo en Andalucía.
En concreto, el Fondo apoyará, de manera preferente, los proyectos dedicados a:
· La mejora de la sostenibilidad económica mediante el apoyo a la innovación y a las iniciativas emprendedoras.
· El refuerzo de la sostenibilidad ambiental mediante un uso más eficiente de los recursos naturales, a través de la implantación de sistemas de gestión ambiental, mejoras en el uso de agua y materias primas en la industria, así como la gestión de residuos.
· Fomento de la sostenibilidad social mediante proyectos a favor de la integración social de colectivos desfavorecidos, así como a través de proyectos que mejoren las condiciones de seguridad en el trabajo.
Empresas destinatarias
Las entidades destinatarias de los instrumentos financieros del Fondo de Economía Sostenible para Andalucía serán, preferentemente, las microempresas.
Se consideran microempresas aquellas sociedades que emplean a menos de diez personas, incluidos los trabajadores por cuenta propia, y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros, así como que cumplan el criterio de independencia, tal y como se define en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, o norma que la sustituya.
Deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía. Asimismo, podrán ser consideradas destinatarias aquellas empresas que vayan a situar su domicilio social en Andalucía o que vayan a contar con establecimiento operativo en Andalucía, en virtud del proyecto que se financie con el Fondo.
Las empresas destinatarias podrán adoptar cualquier forma jurídica, a excepción de las sociedades civiles y las comunidades de bienes. Podrán tramitarse operaciones de sociedades en constitución, en tanto se aporte certificado en vigor de denominación social, por el solicitante.
Deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Limitaciones / Excepciones
· No podrán ser destinatarias empresas en crisis. Se entenderá por empresa en crisis, aquella que a la fecha de estudio de la operación sea incapaz, mediante sus propios recursos financieros o con los que aporten o puedan aportar sus accionistas y acreedores, de enjugar pérdidas que la conducirían de no mediar una intervención exterior, a su desaparición económica a medio o corto plazo.
· No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración Pública o Entidades Públicas.
· No podrán ser destinatarias las empresas que no se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o que tengan deudas en período ejecutivo con la Comunidad Autónoma de Andalucía.
· Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria, la amortización de deudas con socios y administradores y las operaciones de salida del capital que la sociedad pudiera considerar, a excepción de las aportaciones que se pudieran haber anticipado por parte de los socios y/o administradores destinados al proyecto objeto de financiación.
· Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica establecidos en las Leyes de Presupuestos de 2009 y 2010 de la Junta de Andalucía.
· Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto.
Instrumentos financieros
Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo a los Fondos podrán ser préstamos ordinarios, préstamos participativos y otorgamiento de garantías.
Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas.
La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 80% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende desde un importe mínimo de 20.000 euros hasta un máximo de 200.000 euros.
Dotación
La dotación presupuestaria para este Fondo es de 50 millones de euros.
2.- Fondo de Apoyo del Desarrollo Empresarial
El Fondo de Apoyo al Desarrollo Empresarial se destinará a proyectos empresariales viables en dos ámbitos: el impulso emprendedor y la consolidación y expansión empresarial.
Los destinatarios del impulso emprendedor serán empresas que se encuentren en fase de semilla / arranque, con alto potencial innovador y de crecimiento, fundamentalmente en aquellos sectores determinados como preferentes y para proyectos de impulso emprendedor.
Los destinatarios de la consolidación y expansión empresarial serán empresas que presenten un plan de negocio orientado a la expansión y globalización, con la finalidad de obtener un liderazgo en los mercados globales contribuyendo al desarrollo económico de Andalucía.
Empresas destinatarias
Las empresas destinatarias podrán adoptar cualquier forma jurídica, a excepción del empresario individual, las sociedades civiles y las comunidades de bienes. Podrán tramitarse operaciones de sociedades en constitución, en tanto se aporte certificado en vigor de denominación social, por el solicitante.
Los destinatarios deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía. Asimismo, podrán ser consideradas destinatarias aquellas empresas que vayan a situar su domicilio social en Andalucía o que vayan a contar con establecimiento operativo en Andalucía, en virtud del proyecto que se financie con el Fondo.
Deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Limitaciones / Excepciones
· No podrán ser destinatarias empresas en crisis. Se entenderá por empresa en crisis, aquella que a la fecha de estudio de la operación sea incapaz, mediante sus propios recursos financieros o con los que aporten o puedan aportar sus accionistas y acreedores, de enjugar pérdidas que la conducirían de no mediar una intervención exterior, a su desaparición económica a medio o corto plazo.
· No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración Pública o Entidades Públicas.
· No podrán ser destinatarias las empresas que no se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o que tengan deudas en período ejecutivo con la Comunidad Autónoma de Andalucía.
· Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria, la amortización de deudas con socios y administradores y las operaciones de salida del capital que la sociedad pudiera considerar, a excepción de las aportaciones que se pudieran haber anticipado por parte de los socios y/o administradores destinados al proyecto objeto de financiación.
· Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica establecidos en las Leyes de Presupuestos de 2009 y 2010 de la Junta de Andalucía.
· Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto
Instrumentos financieros
Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo al Fondo podrán ser préstamos ordinarios, préstamos participativos, toma de participaciones temporales y minoritarias de capital y otorgamiento de garantías.
Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas.
La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El importe mínimo de financiación dependerá del instrumento financiero, ascendiendo a 200.000 euros en operaciones de Préstamos ordinarios y Avales, 150.000 euros en caso de Préstamos Participativos a empresas en fase semilla, 500.000 euros para Préstamos Participativos a empresas en fase de expansión y 300.000 euros en operaciones de entrada en capital.
Dotación
La dotación presupuestaria para este fondo es de 254 millones de euros.
3.- Fondo para el impulso de las EE.RR. y la eficiencia energética
El Fondo para el impulso de las energías renovables y la eficiencia energética financiará actuaciones en materia de energías renovables y eficiencia energética, apoyando, preferentemente, los siguientes tipos de proyectos:
a) La mejora de la eficiencia energética en procesos productivos o equipos.
b) La reducción del consumo energético en los edificios y sus instalaciones.
c) El ahorro energético en flotas de transporte de pasajeros o mercancías, incluyendo las inversiones en sistemas tecnológicos y aplicaciones.
d) La generación y uso de energía térmica mediante instalaciones de energías renovables.
e) Los sistemas de cogeneración y trigeneración y las instalaciones para el aprovechamiento de los calores residuales.
f) Los proyectos presentados por empresas de servicios energéticos
Empresas destinatarias
Las entidades destinatarias de los instrumentos financieros de este Fondo serán preferentemente microempresas, pequeñas y medianas empresas andaluzas.
Las empresas deberán tener domicilio social o contar con centros operativos en Andalucía. Asimismo, podrán ser consideradas destinatarias aquellas empresas que vayan a situar su domicilio social en Andalucía o que vayan a contar con establecimiento operativo en Andalucía, en virtud del proyecto que se financie con el Fondo.
Podrán adoptar cualquier forma jurídica, incluso empresario individual. Asimismo, se podrá tramitar operaciones de sociedades en constitución, en tanto se aporte certificado en vigor de denominación social, por el solicitante.
Deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Limitaciones / Excepciones
· No podrán ser destinatarias empresas en crisis. Se entenderá por empresa en crisis, aquella que a la fecha de estudio de la operación sea incapaz, mediante sus propios recursos financieros o con los que aporten o puedan aportar sus accionistas y acreedores, de enjugar pérdidas que la conducirían de no mediar una intervención exterior, a su desaparición económica a medio o corto plazo.
· No podrán ser destinatarias las empresas que no se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o que tengan deudas en período ejecutivo con la Comunidad Autónoma de Andalucía.
· No podrán ser destinatarios las empresas participadas en más de un 25% por la Administración Pública o Entidades Públicas.
· Quedan excluidas las refinanciaciones de pasivo de naturaleza bancaria, la amortización de deudas con socios y administradores y las operaciones de salida del capital que la sociedad pudiera considerar, a excepción de las aportaciones que se pudieran haber anticipado por parte de los socios y/o administradores destinados al proyecto objeto de financiación.
· Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica establecidos en las Leyes de Presupuestos de 2009 y 2010 de la Junta de Andalucía.
· Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto.
Instrumentos financieros
Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo al Fondo podrán ser préstamos ordinarios, préstamos participativos y otorgamiento de garantías.
Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas.
La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 70% de las necesidades totales del proyecto. El rango de inversión asciende desde un importe mínimo de 20.000 euros hasta un máximo de 2.000.000 euros.
Dotación presupuestaria
La dotación presupuestaria para este Fondo es de 70 millones de euros.
4.-Fondo para Emprendedores Tecnológicos
El Fondo para Emprendedores Tecnológicos, se destinará a atender la cobertura económica en la financiación de nuevas empresas innovadoras y tecnológicas de elevado potencial, con el objetivo de impulsar el espíritu emprendedor y promover la creación y consolidación de nuevas empresas tecnológicas en Andalucía.
Los destinatarios de este Fondo serán emprendedores y empresas que presenten un plan de negocio orientado a la puesta en marcha, o al crecimiento y expansión, de una empresa innovadora y/o tecnológica en fase semilla o arranque, con alto potencial de crecimiento, con nuevos productos o servicios para su introducción en mercados globales y que opere fundamentalmente en sectores industriales de alta tecnología o emergentes.
Empresas destinatarias
Serán destinatarias las microempresas y pequeñas empresas con menos de 4 años de existencia, que vayan a desarrollar su actividad en Andalucía.
Asimismo, podrán solicitar financiación al Fondo los emprendedores, personas físicas y personas jurídicas, que cumplan los requisitos de constitución de la empresa antes de la formalización de las operaciones.
Las empresas destinatarias podrán adoptar cualquier forma jurídica, a excepción de las sociedades civiles y las comunidades de bienes.
Los destinatarios deberán tener domicilio social y centros directivos en Andalucía. Asimismo, podrán ser consideradas destinatarias aquellas empresas que vayan a situar su domicilio social y centros directivos en Andalucía, en virtud del proyecto que se financie con el Fondo.
Deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Limitaciones / Excepciones
· No podrán ser destinatarias del Fondo empresas en crisis. Se entenderá por empresa en crisis aquella que, a la fecha de estudio de la operación, sea incapaz mediante sus propios recursos financieros o con los que aporten o puedan aportar sus accionistas y acreedores, de enjugar pérdidas que la conducirían, de no mediar una intervención exterior, a su desaparición económica a medio o corto plazo.
· No podrán ser destinatarias las empresas que no se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o que tengan deudas en período ejecutivo con la Comunidad Autónoma de Andalucía.
· No podrán ser destinatarias empresas con domicilio social en un paraíso fiscal.
· No podrán ser destinatarias empresas participadas en más de un 25% por una Administración o una Entidad Pública.
· Los proyectos presentados a este Fondo no podrán recibir apoyo de los restantes fondos sin personalidad jurídica establecidos en las Leyes de Presupuestos de 2009 y 2010 de la Junta de Andalucía.
· Las destinatarias de los instrumentos de financiación previstos en el Fondo no podrán recibir para el mismo objeto, financiación o incentivos que acumulados resulten en una sobre financiación del proyecto
Instrumentos financieros
Los instrumentos financieros que se podrán aprobar con cargo al Fondo podrán ser préstamos participativos y toma de participaciones temporales y minoritarias de capital.
Las operaciones que se aprueben con cargo al Fondo se efectuarán en condiciones de mercado y tendrán carácter reembolsable, sin que en ningún caso puedan tener la consideración de subvenciones o ayudas públicas.
La financiación máxima con cargo al Fondo será establecida por el gestor en cada proyecto, no pudiendo superar el 90% de las necesidades totales del proyecto.
El importe mínimo de financiación dependerá del instrumento financiero, ascendiendo a 150.000 euros en operaciones de Préstamos Participativos y 300.000 euros en operaciones de entrada en capital.
El importe máximo a emplear con el instrumento de Préstamos Participativos será de 500.000 euros. Este límite podrá superarse hasta un máximo de 1.000.000 de euros cuando la relevancia e importancia estratégica de los proyectos para la Junta de Andalucía así lo justifique y lo aprueben los Órganos competentes.
En operaciones de entrada en capital, serán participaciones minoritarias, no superiores al 30%, y por una cuantía máxima de 1.500.000 de euros por solicitud.
Dotación presupuestaria
La dotación presupuestaria para este Fondo es de 20 millones de euros.
5.-Fondo Jeremie
La iniciativa JEREMIE "Joint European Resources for Micro to Medium Enterprises", ha sido desarrollada conjuntamente por la Comisión Europea y el FEI, con el propósito de financiar las operaciones que contribuyan a facilitar la creación de instrumentos de ingeniería financiera para empresas, como fondos de capital riesgo, de garantía o de crédito, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento del Consejo (CE) Nº 1083/2006 y el Reglamento de la Comisión (CE) Nº 1828/2006.
El OBJETIVO FINAL es impulsar el desarrollo económico de la región, promoviendo la creación y la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas andaluzas.
Estrategia de inversión
· Creación de empresas tractoras en sectores claves para Andalucía.
· Inversión en empresas de alto potencial de crecimiento con ventajas competitivas para convertirlas en "lideres globales".
· Reforzar la estructura financiera para facilitar la expansión internacional de la empresa andaluza.
Fines perseguidos
· Catalizar el cambio del modelo productivo en Andalucía hacia una economía sostenible.
· Potenciar la productividad y competitividad frente a las necesidades de la globalización.
· Crear un efecto multiplicador de la inversión.
· Desarrollar el capital humano de las empresas en Andalucía y ofrecer un desarrollo profesional para el talento mas preparado.
Política de financiación
· Reembolsables:
o Inversiones en proyectos viables que permitan su retorno.
· Condiciones de Mercado:
o Se aplicarán condiciones financieras de mercado. En diferenciales y rentabilidades.
· Garantías y Colateralidad:
o En su caso, se solicitarán garantías para marcar su carácter reembolsable.
o Las garantías no serán personales, sino sobre bienes financiados o participaciones.
· Subsidiariedad:
o No se asumirán inversiones que puedan ser atendidas por entidades financieras.
o Se trata de suplir las deficiencias del sistema, coyunturales o de prima de riesgo.
· Compatibilidad líneas:
o Las diferentes líneas podrán concurrir simultáneamente en los proyectos.
o Se pretende arropar el empresario, aportando soluciones "a medida".
· Reutilizable:
o Los reembolsos y desinversiones se aplicarán nuevamente en sus líneas.
o Se pretenderá realizar operaciones a menor plazo para potenciar el carácter revolving.
Programas y líneas de actuación
Fondo de capital riesgo
· Esta línea de actuación pretende potenciar el mercado de capital riesgo, mediante un programa de apoyo a la creación y consolidación de nuevos fondos de capital riesgo, para las fases de capital semilla (seed capital), capital de puesta en marcha (Start-up) y capital de expansión.
Fondo Multiinstrumento
· Esta línea de actuación pretende abarcar varios objetivos estratégicos a través de instrumentos financieros diversos, de tal manera que respondan de manera integral a las necesidades de las empresas.
Se establecen las siguientes líneas de financiación especializadas:
o Multiinstrumento - Línea Desarrollo y Globalización
Fondo de Préstamos y Capital para la financiación de empresas con un alto potencial de crecimiento en su fase de expansión y globalización de su actividad.
Fondo de Préstamos y Capital para la financiación de empresas con un alto potencial de crecimiento en su fase de expansión y globalización de su actividad.
o Multiinstrumento - Línea Préstamos Participativos
Fondo de Préstamos Participativos para la financiación de las empresas innovadoras en la etapa de arranque, implantación al mercado/desarrollo.
Fondo de Préstamos Participativos para la financiación de las empresas innovadoras en la etapa de arranque, implantación al mercado/desarrollo.
o Multiinstrumento - Línea de Garantías
Fondo de avales para empresas andaluzas, preferentemente en fase de desarrollo o de expansión, con proyectos de innovación o mejora de productos, procedimientos y servicios.
Fondo de avales para empresas andaluzas, preferentemente en fase de desarrollo o de expansión, con proyectos de innovación o mejora de productos, procedimientos y servicios.
o Multiinstrumento - Capital Humano
Fondo de préstamos destinados a desarrollar el capital humano en las empresas de Andalucía.
Fondo de préstamos destinados a desarrollar el capital humano en las empresas de Andalucía.
Empresas destinatarias
· Empresas, preferentemente pymes, domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
· o, Proyectos desarrollados en Andalucía.
Limitaciones / Excepciones
· No podrán ser destinatarios de las inversiones empresas en situación de crisis, de acuerdo con lo establecido en las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis.
· Queda excluido el sector agroalimentario, y otros sectores regulados por normativa específica.
· Son de aplicación las limitaciones de fondos FEDER.
· Aplica la normativa sobre "Ayudas de Estado".
Dotación presupuestaria
La dotación presupuestaria para este Fondo es de 260 millones de euros.
Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, Financiación Reembolsables: http://goo.gl/FesYO
Vídeo: http://goo.gl/5Ja9K
Presentación Fondo Economía Sostenible: http://bit.ly/in3Ynl
Acuerdo de colaboración Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y Cajasol-Banca Cívica: http://xurl.es/zam1m